Revés para el municipio de Villa Allende: la justicia le dio la razón a los vecinos
En contra de lo dispuesto por la municipalidad, se aceptará una participación más amplia en el Registro de Oposición, una experiencia inédita en Córdoba.
La Cámara Contencioso Administrativa de Primera Nominación de Córdoba hizo lugar a la medida cautelar presentada por algunos vecinos contra el Registro de Oposición del “Programa integral de prevención del delito y seguridad vecinal”, tal como lo formuló la Municipalidad, convertido en la ordenanza 14/25 en mayo pasado.
La cautelar fue solicitada por vecinos autoconvocados de los barrios Lomas Sur, Pan de Azúcar, San Alfonso, El Ceibo, La Amalia, Villa Allende Parque, La Cruz y Jardín de Epicuro, que consideraron que el Registro de Oposición, el mecanismo de participación ciudadana establecido por el Municipio para recibir las quejas contra el sistema, es restrictivo e impide que se expresen con este mecanismo personas con legítimo interés en el tema.
Es que a través de la reglamentación, la Municipalidad excluía del padrón a cualquier persona que no fuese titular registrado como contribuyente de la Tasa de Servicios a la Propiedad de cada zona o área.
De este modo, solo podían opinar (y oponerse a la iniciativa municipal de cierre de calles) los titulares registrados del servicio, es decir, aquellas personas que se han dado de alta fiscalmente en la municipalidad. Eso no solo excluía a inquilinos y sucesores, sino que además, restringía las opiniones dentro de un mismo grupo familiar, al limitar a una sola persona, el o la titular del inmueble, en cada familia o grupo conviviente.
El registro entonces creaba un registro de “ciudadanos de primera”, los que podían opinar, y discriminaba al resto de la población que quisiera opinar sobre la cuestión.
Municipalidad marcha atrás
La Cámara ordenó a la Municipalidad de Villa Allende a habilitar el Registro a los actores de esta causa que residan en la zona N°1 del decreto 114/2025 en la medida en que acrediten una relación de residencia legítima respecto del inmueble ubicado en dicha área.
El amparo dispuesto no implica resolución alguna sobre la cuestión de fondo: el cerramiento selectivo de tránsito planificado por el municipio, pero los vecinos solicitarán que se anule el decreto 114/25 del Registro de Oposición, por considerarlo ilegal ya que modifica, sin autoridad, una ordenanza dictada por el Concejo Deliberante de Villa Allende.