El Gobierno oficializó este jueves la Reforma Migratoria anunciada semanas atrás, lo hizo a través de un decreto en el que endurece las condiciones para la obtención de la ciudadanía argentina, las deportaciones de extranjeros del territorio nacional, establece cambios en la residencia y habilita al cobro de aranceles en el sistema de salud y universidades públicas para no residentes.

Como ya es práctica habitual, el Gobierno Nacional volvió a emitir un DNU que modifica leyes, algo incomprensible en tanto el Congreso está en período ordinario de sesiones. Los considerandos del decreto ni siquiera se toman la molestia de fundamentar cuál sería la “urgencia” que justifica el uso del instrumento jurídico.

El DNU 366/2025, publicado en el Boletín Oficial de este 29 de mayo, introduce modificaciones a la Ley de Migraciones N° 25.871, la Ley de Educación Superior N° 24.521, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Ciudadanía N° 346.

En sus considerandos, la norma detalla que el régimen legal vigente -que fue sancionado en 2003- no  se ajusta "al escenario global" actual que presenta "nuevos desafíos en materia política, económica, cultural y social"

Y remarca que "por las crisis políticas y sociales que sufren diversos países se desencadenan movimientos migratorios con mayor frecuencia que en tiempos anteriores, lo que ha llevado a que nuestro país experimente la afluencia masiva de migrantes".

Para quienes siguen las cifras del proceso migratorio en Argentina esta es, cuanto menos, una afirmación cuestionable y de hecho, contradice los propios datos que se aportan en el DNU.

En el mismo se recuerda que “entre 1880 y 1914 arribaron a la REPÚBLICA ARGENTINA más de CUATRO MILLONES (4.000.000) de extranjeros”. Para contextualizar este dato, debe recordarse que hacia 1880 la población de nuestro país no llegaba a los 2 millones de habitantes.

En ese período la afluencia de inmigrantes superó largamente a la población nativa, algo que no ocurre en nuestros días en ningún país del mundo.

El decreto de gobierno usa las políticas expulsivas del presidente Trump como argumento. 
Alude a un "nuevo riesgo derivado de la política de deportaciones que está llevando adelante el Gobierno de los Estados Unidos". 

Según se afirma este país ya deportó a "más de 1.250.000 inmigrantes nacionales de países americanos, de los cuales más de 138.000 son ciudadanos de países sudamericanos".

Por este motivo, señala, resulta "necesario implementar mecanismos que fortalezcan la capacidad del Estado Nacional para gestionar los flujos migratorios de manera eficiente, mejorar el control de las fronteras y asegurar que la llegada de extranjeros contribuya al bienestar general y no comprometa la seguridad ni la estabilidad social de la Nación".

Ciudadanía argentina

El decreto endurece las condiciones para obtener la ciudadanía por naturalización al definir la residencia continua de manera más restrictiva. Estos son los principales cambios:

Transferencia de Competencia: el otorgamiento de la ciudadanía, que antes estaba en la órbita del Poder Judicial, pasa a ser una competencia de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM). 
Requisito de Residencia Continua: para los extranjeros mayores de 18  años que solicitan la ciudadanía por naturalización basándose en la residencia, se mantiene el requisito de acreditar haber residido en la República Argentina de forma continua y legal durante los 2 años anteriores a la solicitud.

No obstante, el decreto define de forma más estricta la "residencia continua", estableciendo que se entenderá que un extranjero residió continuamente “cuando hubiere permanecido en el territorio durante todo el plazo, sin haber realizado ninguna salida al exterior”.

Ciudadanía por Inversión Relevante: se crea un nuevo mecanismo para obtener la ciudadanía por naturalización para extranjeros que acrediten ante la DNM haber realizado una inversión relevante en el país, cualquiera sea el tiempo de su residencia.

Para ello, el Ministerio de Economía establecerá qué inversiones se considerarán relevantes y se creará una nueva Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión,  encargada de diseñar, gestionar y controlar estos programas, con el objetivo de atraer capitales extranjeros e incentivar inversiones y empleo.

Modificaciones en la Residencia

Se mantienen las categorías de residencia: "residentes permanentes", "residentes temporarios" (o transitorios) y se agrega la figura de "residencia precaria", que la DNM podrá conceder una vez iniciado el trámite de residencia y hasta su resolución.

Residencia precaria: tendrá una validez de hasta 90 días y podrá ser renovada. Esta residencia habilita a permanecer, egresar, ingresar, trabajar y estudiar en el país durante su vigencia, pero no genera derecho a una resolución favorable en el trámite principal, ni resulta residencia válida para acreditar arraigo para la residencia permanente o la ciudadanía por naturalización. También se podrá conceder residencia precaria a extranjeros con procesos penales o que no pueden abandonar el país por disposición judicial.

Residencia permanente: para obtenerla el solicitante deberá acreditar medios económicos suficientes para subsistir en el país y la inexistencia de antecedentes penales que motiven el rechazo. A los hijos de argentinos nativos, naturalizados o por opción que nazcan en el extranjero se les reconoce la condición de residentes permanentes. Las autoridades permitirán su libre ingreso y permanencia en el territorio.

"Turismo de natalidad": habrá mayor rigor en la concesión de residencia permanente, para desalentar la práctica que se realiza con el fin de que el hijo sea argentino y los padres accedan a residencia y eventualmente ciudadanía para obtener el pasaporte argentino.

Reunificación familiar: se incorpora como subcategoría de residencia temporaria o transitoria, con una permanencia de hasta 3 años o por el período del familiar residente, prorrogable, con entradas y salidas múltiples.

Residentes temporarios: los extranjeros admitidos como residentes temporarios o transitorios deberán abandonar el país al expirar su plazo autorizado. En caso de incumplimiento, procederá la expulsión.

Además, se establecen nuevas obligaciones para los extranjeros respecto a la declaración de domicilio, incluyendo un domicilio electrónico, que tendrán plena validez legal para notificaciones.

La falsedad en la declaración de domicilio con fin de obtener un beneficio migratorio conllevará la declaración de irregularidad, denegatoria o cancelación de residencia y consecuente expulsión. El cambio de domicilio debe ser informado en un plazo de 3 días hábiles.

El extranjero que resida irregularmente o resida regularmente sin estar habilitado por la autoridad migratoria no podrá trabajar o realizar tareas remuneradas o lucrativas. 

Se exige al momento del ingreso una declaración jurada manifestando los motivos de ingreso y el compromiso a no desvirtuarlos. Esta declaración jurada será exigible una vez reglamentada.

Los cambios en salud para extranjeros en Argentina

La reforma establece que los extranjeros tendrán derecho a la asistencia social o atención sanitaria en casos de emergencia, cualquiera sea su situación migratoria.

Sin embargo, por fuera de los supuestos de emergencia, en los establecimientos sanitarios públicos, la atención médica o sanitaria habitual solo se brindará contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio. Esto se aplica a extranjeros que no vivan de modo permanente en Argentina.

Para ello, los extranjeros que ingresen al territorio nacional tendrán que documentar que cuentan con un seguro de salud con el fin de pagar sus gastos médicos en el país.

Esto no aplica para los extranjeros residentes permanentes, que podrán acceder al sistema de salud público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.

Educación: qué cambia para los extranjeros con esta reforma

La reforma migratoria mantiene las condiciones actuales para el acceso a la educación  en los niveles inicial, primaria y secundaria. Es decir que la irregularidad migratoria de un extranjero no impedirá su admisión como alumno en establecimientos educativos públicos o privados. Las autoridades educativas deberán brindar orientación para subsanar la situación migratoria.

El cambio se da en la educación superior pública universitaria. La reforma establece que los estudios de grado serán gratuitos únicamente para los ciudadanos argentinos (nativos o por opción) y para los extranjeros que cuenten con residencia permanente en el país.

Además, establece que las universidades públicas podrán establecer retribuciones (cobro de aranceles) por los servicios de educación para aquellos extranjeros que no cuenten con residencia permanente.