El Gobierno nacional continúa copando la agenda mediática con el anuncio de una serie de decretos, que se publicarán el próximo martes en Boletín Oficial.

Con una batería de medidas, un día antes del vencimiento de las facultades delegadas, el Ejecutivo nacional irrumpe de manera importante sobre la estructura del Ministerio de Salud de la Nación. Los decretos implican la eliminación de las delegaciones de esa cartera en las provincias o la anulación de la potestad de crear nuevos hospitales nacionales coadministrados con las provincias y los municipios, entre otras modificaciones.

Según los funcionarios de Salud, bajo el mando del ministro Mario Lugones, las medidas apuntan a un “proceso de reordenamiento institucional” que tiene como objetivo “eliminar estructuras en desuso y actualizar el marco legal del sistema sanitario nacional”.

Las medidas fueron adelantadas por el vocero Manuel Adorni durante la tarde de este lunes.

X de Ministerio de Salud de la Nación

Entre otros cambios ya adelantados, el ex Instituto Nacional del Cáncer (INC) -que dejó de existir como tal en marzo último- ingresa ahora formalmente al organigrama de Salud como dirección nacional dentro de la Secretaría de Gestión Sanitaria.

También se crea la Administración Nacional de Establecimientos de Salud (ANES) para gestionar de forma unificada los hospitales nacionales, reduciendo burocracia y mejorando los procesos administrativos.

Por otra parte, se disuelve el Instituto Nacional de Medicina Tropical (Inmet), en Puerto Iguazú, Misiones. Su personal y sus líneas de investigación son absorbidos por el Instituto Nacional de Parasitología Dr. Mario Fatala Chaben y el Instituto Nacional de Enfermedades Virales Humanas Dr. Julio Maiztegui, ubicado en Pergamino.

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Sobre las delegaciones sanitarias federales, que en teoría funcionaban como representación y enlace del Ministerio de Salud de la Nación con los gobiernos provinciales, quedaron eliminadas al derogar normas dictadas entre 1858 y 1968.

Otro aspecto importante de los anuncios radica en que el Ministerio de Salud ya no podrá crear nuevos hospitales cofinanciados con las provincias y los municipios, conocidos como hospitales Samic (por Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad). Se derogaron dos artículos de la Ley N° 17.102 de diciembre de 1966 que concedían esa facultad al Estado nacional.